Preguntas Frecuentes

Formación Bonificada

La Fundación Tripartita es uno de los órganos que componen la estructura organizativa del subsistema de formación profesional para el empleo. 
Tiene carácter tripartito y está constituida por la Administración Pública, organizaciones empresariales y sindicatos.

Son ayudas de las que disponen las empresas, para la formación de sus trabajadores mediante bonificaciones que aplicarán en sus cuotas de la seguridad social.

Todas las empresas que tengan centros de trabajo en el territorio estatal, cualquiera que sea su tamaño o ubicación, que desarrollen formación para sus trabajadores, y que coticen por Formación Profesional a la Seguridad Social.

Todos los trabajadores asalariados (por cuenta ajena) y cotizan a la Seguridad Social en concepto de Formación Profesional, así como los trabajadores que se encuentran en las siguientes situaciones:

  • Trabajadores fijos discontinuos en los períodos de no ocupación.
  • Trabajadores que pierden su trabajo cuando ya han comenzado una formación. (pueden terminarla)
  • Trabajadores acogidos a regulación de empleo (ere) en sus períodos de suspensión de empleo por expediente autorizado.
  • Trabajadores afectados por medidas temporales de suspensión de contrato por causas económicas, técnicas, organizativas o de producción, en sus períodos de suspensión de empleo (la empresa debe remitir a la Fundación Tripartita copia de la resolución correspondiente y un listado de los trabajadores afectados. 

Sí, siempre que tenga la condición de trabajador asalariado y si la empresa cotiza por formación profesional.

No, las empresas deben garantizar que la formación por la cual se bonifican es gratuita para los trabajadores.

No, dado que no cotizan en concepto de Formación Profesional, los trabajadores autónomos no disponen de crédito para participar en la formación programada por las empresas. 

Sí, siempre que la formación sea compatible con la enfermedad, y en todo caso, con autorización médica.

Sí, pueden participar siempre que dispongan de autorización médica para ello.

Durante las excedencias por cuidado de hijos o familiares, o por ocupar un cargo público, pueden participar en formación durante el primer año.
Durante la excedencia voluntaria no pueden participar en la formación que imparta la empresa.

Sí, porque un trabajador por cuenta ajena sigue cotizando por formación en su periodo vacacional.

No, el colectivo de empleadas del hogar no cotiza por desempleo ni por formación.

  • Trabajadores de pequeñas y medianas empresas (Pymes)
  • Mujeres.
  • Mayores de 45 años.
  • Trabajadores de baja cualificación.
  • Personas con discapacidad.
  • Víctimas del terrorismo y de violencia de género.

El crédito disponible para las empresas durante el presente ejercicio se calcula a partir de dos datos: lo cotizado por la empresa en concepto de Formación Profesional en el año anterior y el tamaño de su plantilla, que determinará el porcentaje del importe cotizado al cual tiene derecho la empresa:

  • Empresas de 1 a 9 trabajadores: 100%.
  • De 10 a 49 trabajadores: 75%.
  • De 50 a 249 trabajadores: 60%.
  • De 250 o más trabajadores: 50%.

Si deseas el cálculo exacto de tu crédito podemos ayudarte,  consúltenos 

Todas las empresas que cotizan por Formación Profesional, independientemente de su tamaño y fecha de creación, disponen de un crédito para formación mínimo de 420 €.

Cualquier acción formativa que guarde relación con la actividad desarrollada por la empresa y esté dirigida a la adquisición y mejora de las competencias y cualificaciones profesionales de los trabajadores, y cumpla con los requisitos de duración y límites de participantes establecidos en la normativa.Con una excepción:


  1. Todos aquellos cursos de implantación, auditoría y asesoría en materia de LOPD (protección de datos de carácter personal). La fundación tripartita emite advirtiendo sobre el fraude en un comunicado expreso. Comunicado Fundación Tripartita...

La duración de los cursos no podrá ser inferior a una hora lectiva. 

No existe límite máximo, aunque su duración deberá ser adecuada al contenido y objetivos de la acción formativa.